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¿Cómo se calcula la Renta Per Cápita de la unidad familiar para las coutas de matrículas?

En las solicitudes de inscripción de plaza o en la renovación de matrícula de las escuelas y colegios públicos, o para becas en escuelas privadas nos encontramos un punto con baremación o con rangos que dependen de la Renta Per Cápita de la familia y que después es reflejado para aplicarlo a cuotas, becas o servicios. ¿Quieres saber como se calcula?

En principio es igual, renta de la unidad familiar dividido entre el número de miembros computables de la familia. Cada año se calcula de una forma, pues depende de los números en casillas concretas de la declaración de la renta de los miembros de la unidad familiar (ya sea invidual o conjunta). Y normalmente es la renta de hace dos años, si estamos en 2018 hay que hacer los cálculos con la renta de 2016 (ver instrucciones de la solicitud o matrícula para confirmar).

Por ejemplo  para el curso 2017-18 en la Comunidad de Madrid para Educación Infantil era:

  • Cálcular primero la Renta de la Unidad Familiar, para ello había que obtener el resultado de las siguientes casillas: 366+377-379-+370+372-387-373-532
  • Y para obtener la Renta Per Cápita = Renta de la Unidad Familiar / Miembros de la familia.
  • La baremación se aplica según se indiquen las instrucciones de cada solicitud, beca o matrícula.
    Más info BOCM


Ahora, para el curso 2018-19 en la Comunidad de Madrid para Educación Infantil es:

¿Cuánto me cuesta la guardería pública de 0-3 años en el próximo curso 2018-19?  (primer ciclo de educación infantil)

Dependiendo de la Renta Per Cápita se aplica unos rango de cuotas de la escolaridad mensual, es decir, lo que nos cuesta cada mes:

a) Para renta per cápita inferior o igual a 5.644 euros, la cuota mensual será 57,76 €.
b) Para renta per cápita superior a 5.644 euros e inferior o igual a 7.656 euros, la cuota mensual será 93,86 €.
c) Para renta per cápita superior a 7.656 euros e inferior o igual a 25.725 euros, la cuota mensual será 129,96 €.
d) Para renta per cápita superior a 25.725 euros, la cuota mensual será 187,72 €.

Y en el caso de familias numerosas se aplica un 50% de descuento, que aplicándolo a los mismos rangos nos quedan.
a) 28,88 €.
b) 46,93 €.
c) 64,98 €.
d) 93,86 €.

Están exentos del abono de la couta de escolaridad algunos casos especiales, como por ejemplo famlias que tenga la Renta Mínima de Inserción.

Más info CM

En el caso de los niños de 0 a 1 año, a la cantidad resultante de la aplicación del criterio de renta familiar previsto en el apartado anterior se añadirá la cuantía de 43,32 euros.

Más info BOCM.

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