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NOTICIAS Alcalá de Henares

Tarifa Social Agua

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Requisitos para solicitar la bonificación en el servicio de agua en Alcalá de Henares para determinados colectivos: Familia Numerosas, ingresos inferiores y vulnerabilidad social.

Aunque el bono social al agua, lleva aplicándose años, debido a la situación económica actual de las familias, se quiere recordar que desde el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares hay un convenio con el Servicio de Aguas de Alcalá para aplicar bonificaciones en el servicio de agua a los siguientes colectivos y requisitos:

1. Bonificación por familia numerosa:

  • Empadronado en el domicilio objeto de bonificación.
  • Condición de familia numerosa vigente.
  • Inmueble objeto de bonificación sea vivienda habitual de la familia.
  • Contador individual.
  • No tener deudas de recibo por este concepto.

2. Bonificación por ingresos de la unidad familiar:

  • Eempadronados en el municipio de Alcalá de Henares.
  • Inmueble objeto de la bonificación sea la única vivienda en propiedad y domicilio habitual de la familia, debiendo estar empadronado en la misma.
  • Inmueble objeto de la bonificación cuente con contador individual.
  • No encontrarse en situación de impago con la empresa «Aguas de Alcalá» o mantener al día el calendario de pagos fraccionados establecidos o propuestos por los servicios sociales, en su caso.
  • Tener ingresos familiares en los últimos seis meses inferiores a los establecidos (titular y familiares hasta primer grado empadronados en el domicilio), una vez descontados gastos de alquiler/hipoteca de vivienda (siempre que se encuentren al corriente de pago, y hasta un máximo de 700 €/mes).

3. Bonificación para situaciones de vulnerabilidad social acreditadas por los servicios sociales municipales:

  • Empadronados en el municipio de Alcalá de Henares.
  • Inmueble objeto de la bonificación sea la única vivienda en propiedad de la familia, y su residencia habitual (acreditación con contrato de arrendamiento en su caso) debiendo estar empadronado en la misma.
  • Inmueble objeto de la bonificación cuente con contador individual.
  • No encontrarse en situación de impago con la empresa «Aguas de Alcalá» o mantener al día el calendario de pagos fraccionados establecidos o propuestos por los servicios sociales, en su caso.
  • Encontrarse en un proceso de intervención social en el que, superando los ingresos establecidos del tipo II, se considere dentro del contrato de intervención individual.

 Más información:  Ayto. de Alcalá de Henares

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